Un hombre identificado como R.H.C. fue condenado a la pena de dieciocho años de prisión por haber sido hallado autor material y penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado, por ser cometido por ascendiente y contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia con el mismo” (dos hechos); “Abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por ser cometido por ascendiente y contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia con el mismo” (un hecho); “Abuso sexual simple agravado por ser cometido contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia” (un hecho); y “Violación de domicilio” (un hecho), todos ellos en concurso real. Los ilícitos fueron cometidos en Abra Pampa y en la localidad de Pasajes.
La sentencia fue emitida ayer, 20 de agosto de 2026, por el Tribunal en Función de Juicio integrado por los jueces Dres. Pablo Pullen Llermanos –presidente de trámite–, Gustavo Salvador Ortiz y Carolina Pérez Rojas, con secretaría a cargo del Dr. Alejandro Castagna.
Los magistrados además ordenaron la extracción de muestras biológicas de R.H.C. por parte del Laboratorio Regional de Genética Forense, para su posterior incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.
Como fiscales se desempeñaron los Dres. Alberto Mendivil y Marcelo Cuellar, mientras que la querella fue ejercida por el Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima. En tanto, la defensa técnica del condenado estuvo a cargo de los Dres. Diego Rojas y Martín Ramos.
La sentencia en su totalidad y sus fundamentos serán registrados, dentro del plazo legal y conforme a la modalidad prevista en el Código Procesal Penal, en el Sistema de Gestión del Poder Judicial.

Los hechos
Según la requisitoria fiscal, el primer hecho ocurrió el 16 de agosto de 2024, aproximadamente a las 7 horas, en un inmueble ubicado en Abra Pampa. En esas circunstancias, R.H.C., expareja de la propietaria de la vivienda, ingresó sin autorización al domicilio en estado de ebriedad y la agredió verbalmente. La mujer le pidió que se retirara y le manifestó que llamaría a la Policía, tras lo cual el acusado se marchó del lugar.
El segundo hecho ocurrió también en Abra Pampa, en el año 2017, cuando R.H.C., aprovechando la situación de convivencia preexistente con su hija, que en ese momento tenía aproximadamente 7 años de edad, abusó sexualmente de la niña. Hechos de similares características se perpetraron durante el período comprendido entre los años 2017 y 2018.
El tercer hecho tuvo lugar en 2018, en la localidad de Pasajes, departamento Cochinoca, cuando la misma niña tenía aproximadamente 8 años de edad. De acuerdo con la acusación, el condenado aprovechó nuevamente la situación de convivencia y la ausencia de la madre y del hermano de la menor para llevarla hasta una habitación de la estancia y abusar sexualmente de ella.
Luego, R.H.C. le indicó a la niña que no contara lo sucedido a su madre. Según la requisitoria, la víctima no relató los hechos debido al temor que le tenía al acusado. Los abusos se habrían reiterado a lo largo del tiempo hasta agosto de 2024, cuando la madre de la menor se separó del condenado.
El cuarto hecho ocurrió en la ciudad de Abra Pampa, en el año 2024. En esa oportunidad, R.H.C. aprovechó la situación de convivencia y la ausencia de la madre de los menores para abusar sexualmente de la niña protagonista de los hechos anteriores y de su hermano, de 9 años de edad, hijo de su expareja, mientras ambos se encontraban durmiendo en una de las camas de una habitación.
De acuerdo con la acusación fiscal, ninguno de los menores relató inicialmente lo sucedido debido al temor que le tenían al condenado.













































