Dentro del marco de la Ley N° 6421/2024, sancionada recientemente por la Legislatura de Jujuy, la cual tiene por objetivo modificar los artículos 49 y 50 de la Ley N° 4282/87, y normativas complementarias referidas a la creación del Instituto de Seguros, se estableció la modificación del último artículo citado por lo que la incorporación al sistema de los prestadores en general será en forma voluntaria.
Al respecto, y en ese sentido se rubricó una adenda al convenio celebrado entre el ISJ y los prestadores, entre ellos autoridades del Colegio Médico de Jujuy, la Cámara de Empresas de Salud y la Asociación civil “Ciudadanos unidos por la salud” conforme a las clausulas dispuestas, entre ellas el prestador se compromete, en carácter obligatorio y sin excepción alguna, remitir al Instituto de Seguros de Jujuy el listado de profesionales prestadores quienes en forma voluntaria aceptan dar expreso cumplimiento las disposiciones emitidas por la obra social provincial, solicitando el cobro justo del coseguro expresamente señalado para las consultas médicas ambulatorias y prácticas en general, así como también se abstendrán a realizar cualquier tipo de acciones u omisión que implique la inobservancia a lo que fuera dispuesto por el ISJ.
Asimismo, se estipula que el listado de prestadores profesionales deberá contener, en carácter obligatorio, los siguientes datos: Nombre y Apellido del profesional, Especialidad profesional, día y hora de atención, la cual será publicada en mesa de entrada y a través de las vías de comunicación del ISJ.
Cabe acotar que se encuentra en vigencia el sistema de Pronto Pago que garantiza el cobro de los prestadores cada 15 días, logrando de esa manera una correcta y calidad en la atención hacia a los afiliados, y que se les sea abonado a los prestadores el servicio realizado.
Al respecto, el Presidente del ISJ, José Manzur ponderó el trabajo conjunto y el continuo dialogo con las entidades que agrupan a los profesionales médicos para poder arribar a dicho convenio, recalcando que mediante un esfuerzo del Gobierno de la Provincia se está incrementando la consulta médica de 7.000 a 10.000 pesos, no obstante se mantiene el porcentaje del coseguro que debe abonar cada afiliado, lo cual viene a satisfacer un requerimiento o pedido de los profesionales que trabajan con la obra social con el propósito de que no se cobre el arancel diferenciado, es decir la intención de la actualización de la consulta conforme a la modificatoria de la Ley 6421 recientemente sancionada por la Legislatura, de manera que el afiliado pague solamente lo que corresponde en concepto de coseguro.
Indicó que la nueva normativa orgánica del ISJ prevé que los prestadores puedan optar voluntariamente trabajar con la obra social, en virtud del trabajo que se viene realizando con el Colegio Médico y la Cámara de Empresas de Salud, y anticipó que en breve se publicará la nomina actualizada de los profesionales médicos que se encuentran trabajando con el ISJ.
Por su parte, el Presidente del Colegio Médico de Jujuy, Gustavo Echenique valoró el convenio con la obra social, ya que permitirá refrescar la labor que se realiza con la obra social provincial. Añadió que se busca que el afiliado no tenga que pagar un “extra” en las consultas, aunque teniendo en cuenta que los honorarios están bajos al igual el resto de las provincias.
Indicó que se prosigue el trabajo conjunto con el ISJ para tratar de acercar a esos montos a los honorarios que figuran inclusive en los distintos consejos de médicos, destacando que representa un incremento del 42%, que es un punto para continuar las negociaciones con el Poder Ejecutivo, como así también gestionando los honorarios para las distintas especialidades médicas, concluyó.
Cabe acotar que de la rúbrica también participaron el Vocal I y II de la obra social, Diego Eduardo Chacón y Carlos Grosso respetivamente; el CPN Tiburcio Alfredo Rivas de la Cámara de Empresas de Salud y de la Asociación civil “Ciudadanos unidos por la Salud, el vocal de esa institución Hernán Miranda en representación del doctor Jorge Gronda.