En la Audiencia de Control de Acusación y Juicio Abreviado, la jueza Especializada en Violencia de Género y Sexual, habilitada en feria Claudia Moreno, condenó a prisión perpetua con cumplimiento efectivo, a Matías Emanuel Mariano (27), al que declaró autor del femicidio de Débora Gabriela Cano (29).
El lamentable episodio ocurrió entre el 25 y 26 de agosto del 2023, en la localidad de El Piquete, momento en que la víctima cursaba 32 semanas de embarazo.
En esas circunstancias el femicida atacó sorpresivamente a la víctima, asestándole 18 puñaladas en la cara, en el cuello y en la cabeza, además de violentos golpes en la cara provocándole fracturas.
Además, se hizo lugar a lo solicitado por la Fiscalía, para que le se imponga las costas procesales y la interrupción del vínculo parental del condenado con la hija en común que tuvo con Débora Gabriela Cano.
En una entrevista con El Tribuno de Jujuy, el agente fiscal José Alfredo Blanco, habilitado en feria en la Fiscalía Especializada en Violencia Familiar de Género y Sexual, que representó en la audiencia a la parte acusadora, sostuvo que en horas de la mañana (de ayer), se llevó a cabo una audiencia que solicitó la Fiscalía.
Esta causa que estaba a cargo de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género y Sexual N° 5 de San Pedro de Jujuy, a cargo fiscal Augusto Baiud y de su secretaria la escribana Marcela Telles, se inició a partir del 25 y 26 de agosto, cuando se produjo el hallazgo sin vida de una mujer, identificada como Débora Cano.
«A partir de ahí, se inicia la pesquisa policial durante los días siguientes y por las medidas judiciales necesarias, se dispuso la prisión preventiva de la ex pareja de Débora Cano, al que se identificó como Matías Emanuel Mariano, que residía, alternativamente, en las localidades de El Piquete y Santa Clara. Luego de haber llevado todas las medidas procesales y la colección de las evidencias necesarias, la fiscalía estaba en condiciones de requerir la causa a juicio», dijo Blanco.
La celeridad con que actuó la justicia, sorprendió a toda la comunidad que, a través de distintos medios, expresó su beneplácito por la labor realizada.
Al respecto, el fiscal expresó que tanto el personal policial como la Fiscalía, trabajaron arduamente en este proceso. «Tuvo una duración de cuatro meses y aún en feria judicial, la Fiscalía con la defensa del imputado, el imputado y con conocimiento y opinión de los familiares, quienes son progenitores de la víctima, a través de la asistencia que tenían tanto del Consejo de la Mujer de la Provincia como del Centro Asistencia a la Víctima del Ministerio Público de la Acusación, se llevó a cabo esta audiencia de juicio abreviado, donde se resolvió por parte de la doctora Claudia Moreno, jueza especializada en Violencia de Género, condenar al imputado Mariano, a la pena de prisión perpetua y su inmediato traslado al servicio penitenciario».
La carátula final y la imputación que se le atribuyó a Mariano es «homicidio triplemente agravado por el vínculo, con alevosía y por mediar violencia de género (Femicidio) y Aborto, en concurso ideal, porque recordemos que Débora Cano en el momento del brutal ataque que sufrió y que causó su deceso, se encontrando cursando un avanzado estado de embarazo.
El funcionario judicial, dio cuenta de que la Fiscalía, con carácter accesorio, solicitó que se le imponga las costas procesales al imputado y explicó que este punto está previsto en la resolución de la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación.
«Este tipo de procesos, demanda gran cantidad de gastos, en todo lo que tiene que ver con la intervención del Departamento Médico Forense, con la intervención del Laboratorio Regional de Genética Forense, incluso, muchas veces con las áreas de Criminalística del Ministerio Público de la Acusación y habida cuenta de la condena que se impone es lo que la fiscalía ha solicitado y está debidamente documentado por el Departamento Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, está en conocimiento de la Defensa y estas son las cuotas que la fiscalía ha solicitado que se imponga al imputado».
También, la Fiscalía ha solicitado que conforme a las disposiciones del artículo 700 Bis del Código Civil de la Nación, se le imponga la interrupción del vínculo parental del imputado, ahora condenado Mariano, con la hija en común que tuvo con la víctima, una niña de dos años.
«Esto significa que una vez que esté firme la condena en los próximos días, la jueza que ha dictado la condena, va a remitir copia de esta sentencia a los jueces civiles, a la Dirección Provincial de Niñez y Adolescencia y Familia y a los demás órganos judiciales a los fines que tomen conocimiento de esta situación en la que un progenitor acabe con la vida de una mujer con la que tiene un hijo en común, implica que la responsabilidad parental, lo que antiguamente se conocía como «patria potestad» queda interrumpida, ya que este sujeto, privó a la criatura de tener a su madre el resto de su vida», manifestó Blanco, al tiempo de apuntar que el imputado tomó conocimiento en la audiencia», dijo el agente fiscal.
«La jueza dispondrá de las comunicaciones pertinentes. Tal como lo informó la oficina del Estado ya se había iniciado este proceso tutelar por el cual los abuelos maternos habían solicitado tener a su cargo el cuidado de la niña menor de edad», continuó.
Familiares de la víctima
En tanto el padre Débora Cano, Ramón Ignacio Cano sostuvo que está conforme con la condena y que es lo que la familia esperaba. «Gracias a Dios y a los abogados y profesionales del Centro de Asistencia a la Víctima, que nos han ayudado, que trabajaron bien, se ha logrado esta condena. También se ha conseguido lo que nosotros queríamos, que no tenga más vínculo con la niña. No puedo decir más nada, sólo agradecerle eternamente a todos los que han ayudado en esta causa. La verdad fue en tiempo récord y agradecemos infinitamente a la fiscalía que pidió la pena máxima como toda la familia estaba pidiendo». /El Tribuno Jujuy