Mediante un juicio abreviado, un hombre identificado por las iniciales B.J.A fue condenado a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo por su responsabilidad penal como autor del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”, por un hecho ocurrido en 2017 en la ciudad de San Pedro de Jujuy.
El tribunal que dictó sentencia estuvo integrado por los jueces Dres. Leonardo Ariel Zazzali -presidente de trámite-, Pamela de las Cruces y Marcelo Ibáñez. Actuaron como secretarios judiciales los Dres. Damián Alberto Alfaro y Claudia Alejandra Mora.
En la sentencia, los magistrados además ordenaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado mediante la extracción de la muestra biológica correspondiente, y su posterior incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.
Además, se ordenó, a través de la Oficina de Gestión Judicial labrar las actas y comunicaciones pertinentes, al Registro Nacional de Reincidencia, al Juez de Ejecución Penal, Servicio Penitenciario, a la víctima y a quien corresponda, a fin de que tomen razón de lo dispuesto.

Juicio Abreviado
B.J.A fue juzgado y condenado mediante un juicio abreviado, luego de que el Tribunal homologara el acuerdo alcanzado entre el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Agustín Jarma; el acusado asistido por su abogado defensor, Dra. Nancy Margarita Solís, en los términos establecidos por el artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia.
Los hechos
Según la requisitoria fiscal, el hecho ocurrió entre febrero y julio de 2017, en una fecha que no pudo determinarse con mayor precisión, en una vivienda de la ciudad de San Pedro de Jujuy, donde la víctima, que tenía entre siete y ocho años, residía junto a su grupo familiar. En el mismo domicilio también vivía el ahora condenado.
De acuerdo con los hechos establecidos en la causa, el hombre aprovechó que la niña se encontraba sola durante el mediodía y que una integrante de su grupo familiar se había retirado momentáneamente de la vivienda.
En esas circunstancias, B.J.A. la condujo hacia una de las habitaciones, donde cometió el abuso.
Antes y después del hecho, el condenado le manifestó que no debía contar lo sucedido. Esta circunstancia generó temor en la niña y dificultó que pudiera comunicar lo ocurrido a sus familiares.
Protección de la identidad de la víctima
En cumplimiento de la normativa vigente y de los principios de protección integral de niños, niñas y adolescentes, se resguarda la identidad de la víctima y se omite toda información que pudiera permitir su identificación, por tratarse de un delito contra la integridad sexual cometido en perjuicio de una menor de edad.














































