La Justicia federal declaró inconstitucional el mecanismo de actualización de haberes establecido en la ley 27.609, aprobada en diciembre de 2020, y ordenó recalcular una jubilación de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2021 y marzo de 2024. Según surge del fallo, durante el período de vigencia de esa norma, los haberes registraron una pérdida de poder adquisitivo del 50,3%.
La sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata resolvió el caso de una jubilada que percibía un haber superior al mínimo y que no había sido alcanzada por los bonos extraordinarios otorgados en los últimos años. El tribunal dispuso que la prestación debe ser ajustada utilizando el IPC publicado por el Indec.
El tribunal también evaluó la política de otorgar bonos para reforzar los haberes mínimos. Señaló que estos subsidios no beneficiaron a todos los jubilados, en particular a aquellos que, como en el caso analizado, cobraban por encima del piso establecido para acceder a esas ayudas.
De acuerdo con los registros de ANSES correspondientes a febrero de 2022, la jubilada no recibió ningún “Bono Refuerzo”, lo que reforzó el argumento de que su poder adquisitivo se deterioró de manera significativa. /informatesalta.com.ar
